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Opecu recomienda a colegios privados no cobrar pensiones adelantadas

Por Opecu
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Organismo de consumidores recuerda a  instituciones educativas particulares (IEP) que Indecopi podría multar hasta con 450 UIT por cobranza prohibida de pensión adelantada (FOTO: OPECU/Archivo)

El Organismo Peruano de Consumidores y Usuarios (Opecu) recomendó a los colegios privados no cobrar la pensión adelantada del mes de abril 2020 porque esa condición está prohibida, así el Indecopi podría iniciar un procedimiento administrativo sancionador, de oficio o de parte, según corresponda, pudiendo ser multados hasta con 450 UIT.

“Los colegios privados están prohibidos de exigir el pago adelantado de las pensiones escolares, de concretarse el Indecopi podrá iniciar un procedimiento administrativo sancionador cuya multa es de hasta 450 UIT. La campaña ‘Al Colegio con Indecopi 2020’ tuvo amplia difusión al respecto, Cobrar pensión adelantada es infracción”, afirmó el presidente de Opecu, Héctor Plate Cánepa.

La asociación de consumidores indicó que el Instituto de Estadística de Informática (INEI) informó hoy que el Índice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana incrementó 0,65% en marzo, haciendo conocer que, entre los grandes grupos de consumo, Enseñanza y Cultura tuvo un alza de 1,27%, explicado, entre otros, por el aumento de la pensión en colegio particular en 4,4%.

“El reporte del INEI de marzo indicó que de los grandes grupos de consumo el mayor incremento de precios fue en Enseñanza y Cultura, así, entre otros, la pensión en colegio particular lideró el alza con 4,4% confirmando que varias instituciones educativas privadas cobraron la pensión de marzo adelantada. Deben rectificar cronograma de pagos de padres de familia”, puntualizó Plate.

Los padres de familia podrán denunciar ante el Indecopi los cobros irregulares o indebidos, y demás, ocurridos durante o después de la matrícula de sus hijos en colegios particulares. Así la institución estatal recibirá sus denuncias, en persona o anónima, mediante el correo electrónico: colegios2020@indecopi.gob.pe o por teléfono al 224-7777 (Lima) y 0800-4-4040 (provincias).

“Cabe mencionar que el pago de la pensión escolar del mes de abril y subsiguientes, solo podrán ser exigidos por los colegios privados o particulares después de haber cumplido con la prestación del servicio educativo en cada periodo mensual, es decir la pensión del mes de abril se pagaría el jueves 30 de este mes, y la subsiguiente de mayo el viernes 29 de dicho mes”, finalizó Plate.

OPECU Prensa – 01.ABR.20

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