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Defensoría del Pueblo solicita a Municipalidad de Lima subsanar con urgencia deficiencias en la aplicación de fotopapeletas

Por Opecu
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No se conocen las medidas para corregir los problemas que causaron su suspensión.

cinemometro09abr14Se considera que debe ser un mecanismo confiable y efectivo para mejorar la seguridad vial.

El año 2012 se produjeron 115 accidentes a causa del exceso de velocidad en Lima Metropolitana.

El Defensor del Pueblo (e), Eduardo Vega, recomendó a la Municipalidad Metropolitana de Lima implementar medidas correctivas urgentes en el sistema de supervisión del exceso de velocidad mediante fotopapeletas, a fin de que este mecanismo contribuya a la disminución de los accidentes de tránsito en Lima. Señaló que durante el año 2012 en Lima Metropolitana se registraron 115 accidentes de tránsito a causa del exceso de velocidad.

Vega alertó que el exceso de velocidad constituye la segunda causa de accidentes mortales en Lima Metropolitana. Por ello, el funcionario resaltó la importancia que el sistema de supervisión y fiscalización a través de medios electrónicos, para la emisión de fotopapeletas, sirva para garantizar el respeto de los límites de velocidad, coadyuvar a la disminución de los accidentes de tránsito y salvaguardar la vida y salud de las personas.

El funcionario expresó su malestar al señalar que “a pesar que han transcurrido más de seis meses, aún no se conocen con detalle las medidas adoptadas por la Municipalidad de Lima para corregir los problemas que causaron la suspensión de las acciones de supervisión para el control de los límites de velocidad”. Asimismo, Vega resaltó que “atender estas cuestiones es de la mayor relevancia antes de reanudar la supervisión a través de las fotopapeletas”.

En relación a las recomendaciones, el funcionario señaló que las señales de tránsito deben ser implementadas considerando estudios de ingeniería y que deben existir señales preventivas que permitan al conductor disminuir la velocidad oportunamente. Asimismo, indicó que debe procurarse que los equipos electrónicos utilizados cuenten con el Certificado de Homologación y/o Calibración entregado por INDECOPI, de no más de un año de antigüedad.

Vega Luna también indicó que debe garantizarse la notificación de estas sanciones a los infractores, empleando todos los canales de comunicación disponibles. Finalmente, recordó que ha de considerase el margen de error del medio electrónico de supervisión al momento de resolver una eventual impugnación a una fotopapeleta.

OPECU Prensa – 09.ABR.13 / Fuente: Defensoría del Pueblo

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